¡Se aproxima la fecha de entrega de la dotación de calzado y vestido! El 31 de agosto debes entregar esta prestación social a los empleados que la ley indica.
En este corto artículo te recordamos qué es la dotación, quién tiene derecho a recibirla, qué incluye, cuándo se entrega, entre otras cosas. Además, te explicaremos en qué se diferencia de los medios de labor y de los elementos de protección personal de los empleados.
¿Qué es la dotación de calzado y vestido?
Es una prestación social que el empleador debe otorgar a sus empleados. Consiste en entregarles un par de zapatos y un vestido de labor (que incluye pantalón y camisa).
¿Quién tiene derecho a recibir esta dotación?
La dotación debe ser entregada a los empleados que:
- Ganan hasta 2 SMMLV (para el año 2024 corresponde a $2.600.000)
- Han trabajado al menos 3 meses en el cuatrimestre respectivo.
¿Qué incluye la dotación de calzado y vestido?
Cada empleado que cumpla con los requisitos, tendrá derecho a recibir:
- Un par de zapatos.
- Un vestido de labor (camisa y pantalón).
¿Cuándo se entrega la dotación?
La dotación se entrega cada cuatro (4) meses en las siguientes fechas:
- 30 de abril.
- 31 de agosto
- 20 de diciembre
¿Qué características debe tener la dotación de calzado y vestido?
La dotación debe ser adecuada para la actividad que realiza el empleado y adaptarse al clima en el que trabaja. Por ejemplo, en un clima frío, la dotación debe incluir ropa abrigada.
¿Cómo se realiza el pago de la dotación?
El pago de la dotación debe ser en especie, es decir, entregando directamente los zapatos y el vestido al empleado. Está prohibido pagar en dinero la dotación.
Otra alternativa para el reconocimiento de la dotación, son los bonos canjeables. En este caso debes tener en cuenta lo siguiente:
- El valor del bono debe ser suficiente para cubrir la dotación.
- El bono debe ser intransferible a otra persona, sólo podrá ser canjeado por el empleado.
- El bono sólo pueda ser redimido en los artículos que componen la dotación. (No puede existir la posibilidad de canjearlo en otros productos, como, por ejemplo: mercado, tecnología, accesorios, electrodomésticos, etc.)
- El empleado deberá acreditar a través de la factura de venta que el bono se redimió en cubrir la dotación.
¿Qué sucede con la dotación al finalizar el contrato?
La dotación pertenece al empleado, por lo que puede conservarla una vez finalizado el contrato. El empleador puede solicitarla al finalizar la relación laboral sólo para su destrucción, con el fin de que sea cuidada su reputación. El empleador no puede solicitar la dotación para entregarla a otro empleado.
¿La empresa puede eximirse de entregar dotación?
Sí, cuando advierta que el empleado no hizo uso de la dotación durante el periodo anterior.
Medios de labor: ¿En qué se diferencian de la dotación?
Los medios de labor son los implementos necesarios para que el empleado realice su trabajo, como, por ejemplo: computador, teclado, mouse y demás herramientas básicas.
A diferencia de la dotación, los medios de labor se tratan de los implementos que se requieren para realizar la labor que, además, no pertenecen al empleado. La dotación, en cambio, se trata de la vestimenta que el empleador debe dar el empleado tres veces al año, de la cuál este es dueño.
Elementos de protección: ¿Cómo se diferencian de la dotación?
Son implementos que protegen al empleado de riesgos laborales, como guantes, gafas o mascarillas.
Los elementos de protección, a diferencia de la dotación, están destinados exclusivamente a proteger su salud y seguridad en el trabajo y no necesariamente a la vestimenta del empleado. Estos elementos son propiedad del empleador y deben ser devueltos al finalizar el contrato.
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Asegurar que tus empleados cuenten con la dotación adecuada no solo promueve un ambiente laboral eficiente, sino que también refleja el compromiso del empleador con su bienestar.
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